La investigación social desde las regulaciones éticas.

dc.contributor.authorMainetti, María Marta
dc.contributor.authorLa Rocca, Susana
dc.contributor.authorBajardi, Mirta
dc.contributor.authorCataldo, Rocio
dc.contributor.otherRomay, Carlos Juan (Compilador)
dc.date.accessioned2026-08-14T12:53:05Z
dc.date.issued2022-12-01
dc.descriptionModalidad de la presentación: Trabajo Libre
dc.description.abstractLa investigación biomédica y farmacológica se realiza según normativas estrictas y protocolizadas. Esto no sucede de la misma manera en la investigación social, probablemente más por prejuicio de lxs investigadores, que por la falta de regulaciones en la materia. Las investigaciones sociales que se realizan en la UNMDP se encuadran en lo normado por la ley 11044 y por los principios rectores de la Normativa Internacional, Nacional y Provincial de la RA. Estas directivas han sido consideradas y legitimadas por la resolución 30624965-GDEBA-CECMSALGP del Comité de Ética Central de la Provincia de BS, As, en un documento titulado: Guías, requisitos y recomendaciones para el desarrollo de Proyectos de Investigación social o epidemiológicos en la Provincia de Buenos Aires de noviembre de 2021. El programa Temático Interdisciplinario en Bioética, que evalúa parte de las investigaciones que se realizan en el ámbito de la UNMDP -incluidas las sociales-, trabaja permanentemente con la comunidad universitaria para armonizar las relaciones entre ciencia y ética. En base a ello, en este trabajo señalaremos los ítems más importantes para que esta armonización esté presente en la investigación 2 universitaria.Esta tarea ha sido particularmente invisibilizada por la adhesión a la tesis de neutralidad valorativa de la ciencia con la pretensión de objetividad. El debate epistemológico actual, considera que la pretensión de lxs neutralistas es ilegítima, en tanto toda relación fáctica conlleva carga teórica y valorativa. Esta última obliga al investigadorx a valorar los fines sociales de sus prácticas. Desde el punto de vista teórico, nos enmarcamos en una Bioética desde la perspectiva de los Derechos Humanos, es decir, “una bioética que evoluciona hacia la responsabilidad social, especialmente en salud” (Leucona, 2015 p.45). Se trata de una “Bioética de intervención”, que despunta en el escenario latinoamericano de las últimas cinco décadas como la quinta proposición teórica –después de la teología de la liberación, la pedagogía del oprimido, la teoría de la dependencia y la teoría de la colonialidad del poder- a cargar consigo la marca regional e identitaria de su lugar originario (Ferreira Feitosa, 2015).El Documento del CEC de noviembre del 2021 ya citado, señala que toda investigación social o epidemiológica a evaluar debe contar, previamente a su inicio, con los siguientes requisitos en concordancia con el régimen legal vigente: confidencialidad, compromiso social de lxs investigadores respecto al acceso democrático de los resultados de las investigaciones, datos del proyecto de investigación, el consentimiento informado, pertinencia social de los proyectos de investigación.Las características de la investigación social hacen que todo aquello que pretenda normarla, limitarla o estandarizarla resulte incómodo e inadecuado, y por ello no puede reducirse a perspectivas epistemológicas absolutas. En esta situación, la bioética de la investigación tiene un papel insoslayable en la producción, aplicación y comunicación del conocimiento científico. Su tarea es ponderar los beneficios que produce el conocimiento, reconocer la autonomía de lxs sujetxs, contribuir a la equidad en la distribución de recursos, exigir la responsabilidad de quienes tienen o saben más, y defender el reconocimiento de la diferencia y las perspectivas divergentes. El producto de toda actividad científica está al servicio de la sociedad. La búsqueda de verdad, siempre revisable y provisoria, sin el ejercicio de la reflexión bioética puede considerarse una práctica de investigación maleficente.
dc.description.filFil: Mainetti, María Marta. Universidad Nacional de Mar del Plata. Facultad de Psicología; Argentina
dc.description.filFil: La Rocca, Susana. Universidad Nacional de Mar del Plata. Facultad de Psicología; Argentina
dc.description.filFil: Bajardi, Mirta. Universidad Nacional de Mar del Plata. Facultad de Psicología; Argentina
dc.description.filFil: Cataldo, Rocio. Universidad Nacional de Mar del Plata. Facultad de Psicología; Argentina
dc.identifier.citationMainetti, M. M.; La Rocca, S.; Bajardi, M.; Cataldo, R. (2022) La investigación social desde las regulaciones éticas. Actas IX Congreso Marplatense de Psicología: De encuentros en el desencuentro; Mar del Plata; Argentina; 2022.
dc.identifier.isbn978-987-811-090-5
dc.identifier.urihttps://rpsico.mdp.edu.ar/handle/123456789/1523
dc.language.isoes
dc.publisherUniversidad Nacional de Mar del Plata. Facultad de Psicología
dc.rightshttp://purl.org/coar/access_right/c_abf2
dc.rights.holderMainetti, María Marta; La Rocca, Susana; Bajardi, Mirta; Cataldo, Rocio
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/
dc.subjectCongresos
dc.subjectCongreso internacional psicología
dc.subjectTeoría ética
dc.subjectDerechos Humanos
dc.subject.otherFormación, Competencias y Ejercicio Profesional::Ética, Deontología y Regulación Profesional
dc.titleLa investigación social desde las regulaciones éticas.
dc.typeconference paper
dc.type.infoinfo:eu-repo/semantics/publishedVersion
dc.type.oaconference paper
dc.type.snrdinfo:ar-repo/semantics/documento de conferencia

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